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El art. 193 dice que el

El art. 193 dice que el personal uniformado de Carabineros tendra libre acceso a la locomoción colectiva, a veces hay gente IGNORANTE que piensa que el Carabinero sale a pasear o hacer otros trámites en reiteradas oportunidades e visto como Carabineros ha actuado de civil arriba de las micros con lanzas, mechero, y otros malos elementos de nuestra sociedad, cuando el Carabineros muestra su identificación se esta DANDO A CONOCER COMO TAL , por lo tanto no es necesario que ande de uniforme.

VIVAN NUESTROS CARABINEROS

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