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Imagen de Joel Baez

El Artículo 193.- De la Lay

El Artículo 193.- De la Lay del Transito establece lo Siguiente:

El personal uniformado de Carabineros de Chile tendrá libre acceso y

transporte en los vehículos de locomoción colectiva.

BÚSQUENLO EN LA LEY DEL TRANSITO.- ART. 193 SOBRE PROCEDIMIENTOS POLICIALES Y ADMINISTRATIVOS,. POSDATA (NO ABUSEN TAMPOCO COLEGAS)

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