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Imagen de Luis Mariano Rendón

Estimado Señor

Estimado Señor Villalobos:

Para complementar su información, puedo decirle que respecto a la intensidad permitida de ondas electromagnéticas en las antenas, está debiese haber sido fijada por una norma de emisión. Las normas de emisión deben ser aprobadas por decreto supremo, dictado después de un procedimiento que coordina la Conama y que debe incluir informes técnicos y científicos y espacios para la participación ciudadana.

En lugar del procedimiento descrito, la Subtel aprobó por la resolución 505 del año 2000, una norma técnica mediante una simple resolución exenta. Ante esta flagarnte violación del Estado de Derecho que incide en la exposición de la población a un riesgo no adecuadamente evaluado, es que he interpuesto en fecha reciente acciones judiciales ante los tribunales de justicia, representando los derechos de comunidades afectadas por estas empresas.

Atentamente

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