Declaración Renta 2015: SII explica cotización previsional obligatoria y rebaja de gastos educacionales

02 Abril 2015

La rebaja de impuestos de los gastos relacionados con la educación, para este año el beneficio será de $108.359 anuales por cada hijo. Para acogerse a este beneficio se deben cumplir estos requisitos.

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Esta será la última Operación Renta en la que los trabajadores independientes podrán renunciar a cotizar para el sistema de pensiones y accidentes del trabajo, según la norma legal vigente. Por ello se recuerda que si el contribuyente desea expresar su voluntad de no cotizar, debe hacerlo antes de la presentación de su Declaración.

Si tiene rentas, pero no está obligado a presentar Declaración Anual, la renuncia se puede hacer por la misma vía hasta el 30 de abril.

Hasta la fecha se han recibido cerca de 320 mil renuncias a cotizar en esta Operación Renta 2015.

RENUNCIA A COTIZAR
 

En cuanto a la rebaja de impuestos de los gastos relacionados con la educación, para este año el beneficio será de $108.359 (4,4 UF) anuales por cada hijo, el que se divide en partes iguales, entre ambos padres. Para acogerse a este beneficio, se deben cumplir los siguientes requisitos:

1 El padre y/o la madre deben haber tenido una renta mensual superior a $583.000, o bien una renta anual superior a $6.998.076, lo que los hace contribuyentes del Impuesto Único de Segunda Categoría o del Impuesto Global Complementario.

2 La suma anual de las rentas totales del padre y de la madre no debe exceder de la cantidad equivalente a 792 UF ($19.504.663). Si en conjunto exceden de dicha cantidad, ninguno de ellos tendrá derecho a la citada rebaja.

3 Los hijos deben ser menores de 25 años al 31 de diciembre de 2014.

4 Los hijos deben estar matriculados en una institución de enseñanza pre escolar, básica, diferencial y/o media, reconocida por el Estado, y tener un mínimo de asistencia del 85% (o menor cuando exista algún impedimento justificado o en casos de fuerza mayor).