Seremi del Trabajo valora nueva ley para trabajadoras de casa particular

23 Octubre 2014

“Viene a saldar una gran deuda que teníamos con ellas”, señaló.

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Ante más de 40 trabajadoras de casa particular, la Seremi del Trabajo, Tarcila Piña, expuso lo que será la nueva ley que fue promulgada ayer domingo por la Presidenta Bachelet y que comenzará a regir desde enero de 2015 aproximadamente.

En la ocasión la autoridad explicó el documento que contempla 3 puntos esenciales : la disminución de 72 a 45 horas (semanales) de la jornada de una trabajadora que no vive en el hogar del empleador; se entregarán también más días de descanso a las trabajadoras que viven en el hogar del empleador; y se fortalecerá la fiscalización a través de la Dirección del Trabajo.

La presidenta regional de Anecap- Agrupación Nacional de Empleadas de Casa Particular-, María Avilés, se mostró muy contenta con este gran logro y agradeció el apoyo de los parlamentarios y del gobierno para que este proyecto se transforme en ley. “Estamos muy contentas y queremos agradecer a todos quienes hicieron posible este gran logro para nosotras, pues de una vez por toda tendremos condiciones decentes para trabajar”, señaló Avilés.

Entre los detalles que más resaltan de la iniciativa, Avilés explicó que “por fin se reconocerán nuestros derechos y trabajaremos las 45 horas semanales como cualquier trabajador o trabajadora”.

Por su parte, la Seremi Tarcila Piña valoró esta nueva ley que beneficiará a un grupo de trabajadoras con quienes existía una deuda social enorme. “Como gobierno queremos equiparar los derechos de todos los trabajadores y trabajadoras, es por eso que con esta nueva ley estamos saldando una deuda social que históricamente hemos tenido con ellas”, explicó.

La autoridad destacó además que este es un nuevo compromiso cumplido por el gobierno de la Presidenta Bachelet. “Con esta nueva ley estamos dando un salto de proporciones para otorgarle condiciones de trabajo dignas y decentes a un sector que durante años ha sido postergado y eso refleja el compromiso de este gobierno de emparejar la cancha en materia laboral”, sentenció Piña.

Aspectos generales de la nueva ley

 

  • Contrato de trabajo: Los contratos de trabajo de los trabajadores de casa particular deberán indicar el tipo de trabajo a realizar y el domicilio específico donde deberán prestarse los servicios. Adicionalmente, se deberá establecer expresamente la obligación de asistencia a personas que requieren atención o cuidados especiales.
  • Registro de contratos y fiscalización: Se establece la obligación del empleador de registrar de modo presencial o por medios electrónicos el contrato de trabajo en la respectiva Inspección del Trabajo, dentro de los 15 días siguientes a su celebración. El empleador deberá entregar una copia del contrato de trabajo firmado al trabajador. Junto con ello, el empleador que sea requerido en el domicilio indicado en el contrato, por un Inspector del Trabajo en uso de sus facultades de fiscalización relativas a las condiciones laborales de los trabajadores de casa particular, podrá aceptar el ingreso del inspector a este domicilio, o bien solicitar la fijación de otro día y hora para acudir a las dependencias de la Inspección del Trabajo con la documentación que le sea requerida.
  • Prohibición de imputar el alojamiento y la habitación dentro de la remuneración: Se establece que los costos de alimento y habitación del  trabajador siempre son de cargo del empleador y no se pueden imputar a la remuneración del  trabajador.
  • Prohibición del uso obligatorio de uniformes en espacios o lugares públicos: Se establece que el empleador no puede condicionar la contratación, permanencia, renovación del contrato, promoción o movilidad de un trabajador de casa particular,  al uso de uniforme en lugares o espacios públicos.
  • Prohibición de reducir la remuneración y no se consideran imputaciones: El empleador no podrá unilateralmente rebajar la remuneración del trabajador como consecuencia de la reducción de jornada de trabajo o del aumento de días de descanso dispuestos en la ley. Además, la compensación de las horas extras es adicional a las horas ordinarias de trabajo. El empleador no podrá unilateralmente imputar y descontar a la retribución pagada por la jornada de trabajo ordinaria, la retribución pagada por las horas adicionales extras.

 

Quien desee obtener más detalles respecto a esta nueva ley lo puede hacer ingresando a  http://www.mintrab.gob.cl/agenda-laboral/trabajadoras-casa-particular/ y ahí encontrará los pormenores de esta normativa.