Condenan a automotora de Ovalle por no cumplir garantía tras falla reiterada de vehículo

25 Septiembre 2018

Corte de Apelaciones de La Serena confirmó el fallo de primera instancia que obliga a la empresa a pagar una indemnización por daño moral, y restituir el valor del vehículo adquirido.  

Equipo El Obser... >
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La justicia condenó a la Automotora Sociedad Mecánica Eduardo Aspillaga Hornauer y Cía. Ltda. al pago de una indemnización de $1 millón y a devolver el monto cancelado, a una consumidora que compró un vehículo nuevo que presentó fallas electrónicas y mecánicas 5 días después de ser adquirido. 

Se trata de un vehículo marca Renault, modelo Duster 1.6, Station Wagon por la que la afectada pagó la suma $9.429.019 en el año 2017 en la ciudad de Ovalle.   

Luego de un par de días de realizada la compra, progresivamente, y sin razón aparente, el automóvil comenzó a presentar desperfectos técnicos, como fuertes y agudos sonidos en el motor.  Consultada la empresa, señaló que esos sonidos eran normales a la semana de uso. 

Sin embargo, aquella situación se repitió constantemente, por lo que el vehículo fue enviado en varias ocasiones al servicio técnico, donde fue reparado, pero continuó con los mismos problemas, entre ellos acelerar de forma autónoma y presentar desperfectos en su sensor de acelerador, lo que finalmente ocasionó fallas en la computadora del vehículo. 

Ante esta situación, el consumidor concurrió al SERNAC con el propósito de que la empresa le devolviera el dinero, pero ésta se negó, por lo que el Servicio se hizo parte de la denuncia infraccional presentada ante el Juzgado de Policía Local de Ovalle. 

Ante la justicia, la automotora señaló que cumplió con todas las obligaciones legales, ya que el vehículo había sido reparado por el servicio técnico todas las veces necesarias, y que la consumidora habría estado de acuerdo en aceptar la reparación del automóvil. 

Por lo que tuvo que ser la Corte de Apelaciones de La Serena, quien ratificó el fallo de primera instancia y determinó que la Automotora infringió la Ley del Consumidor al no entregar un servicio de calidad provocando un daño al consumidor, por lo que la condenó a devolverle al consumidor afectado el dinero que había pagado por el vehículo, $9.429.019; además de indemnizarlo con 1 millón pesos por el daño ocasionado. También le aplicó una multa de 15 U.T.M ($720 mil). 

Para la Directora Regional del SERNAC, Paola Ahumada, “este fallo confirma el derecho de los consumidores a recibir un producto de calidad, especialmente cuando estamos hablando de una compra importante como la de un vehículo. Asimismo, reafirma que todo producto nuevo tiene una garantía legal de tres meses desde la fecha de la compra, que permite que los consumidores puedan optar por la devolución del dinero, la reparación, o el cambio por otro producto.” 

En este mercado habitualmente las automotoras ofrecen una garantía voluntaria que extiende el plazo legal a 5 años o 100 mil km. En este caso, y transcurrido el plazo de la garantía legal, el consumidor debe permitir la revisión del producto en un servicio técnico, pero si vuelve a fallar, puede exigir el cambio, la reparación o la devolución de lo pagado, tal como lo han confirmado los tribunales de justicia.