Derechos y deberes en salud de pacientes afiliados a Isapres o Fonasa

13 Noviembre 2014

“Es fundamental que las personas conozcan cuáles son sus derechos en salud, y sepan cómo y dónde ejercerlos”, aseguró Viviana Novoa, agente regional de la Superintendencia de Salud.

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Con la finalidad de que todas las personas que se ven sometidas a cualquier tratamiento o acciones vinculadas a su atención de salud conozcan sus derechos, así como también sus deberes como pacientes, la Agente Regional de la Superintendencia de Salud de Coquimbo, Viviana Novoa, llamó a la población de su zona a informarse sobre esta normativa, saber cómo y dónde reclamar en caso de sentirse vulnerados.

Novoa señaló que “la Ley de los Derechos y Deberes tiene dos objetivos principales, por un lado fija normas básicas de atención e información a los pacientes incorporando en la atención de salud de las personas un trato amable, respetuoso y seguro, y por otro lado busca que la relación entre los prestadores de salud y los pacientes mejore”.

Por esto el desafío es reforzar el cumplimiento de estas normas, tanto en los pacientes como en quienes dirigen y trabajan en los establecimientos de salud, con el fin de que reconozcan en esta Ley una herramienta que favorece la relación de trato y hace que la atención de salud sea más digna”, comentó.

¿Cuáles son los Derechos de las personas en su atención de salud?

  1. Tener información oportuna y comprensible de su estado de salud.
  2. Recibir un trato digno, respetando su privacidad, pudor e intimidad.
  3. Ser llamado por su nombre y atendido con amabilidad.
  4. Recibir una atención de salud de calidad y segura, según protocolos establecidos.
  5. Ser informado de los costos de su atención de salud.
  6. No ser grabado ni fotografiado con fines de difusión sin su permiso.
  7. Que su información médica no se entregue a personas no relacionadas con su atención.
  8. Aceptar o rechazar cualquier tratamiento y pedir el alta voluntaria.
  9. Recibir visitas, compañías y asistencia espiritual.
  10. Consultar o reclamar respecto de la atención de salud recibida.
  11. A ser incluido en estudios de investigación científica sólo si lo autoriza.
  12. Donde sea pertinente, que se cuente con señalética y facilitadores en lengua originaria.
  13. Que el personal de salud porte una identificación con expresión de sus funciones.
  14. Inscribir el nacimiento de su hijo en el lugar de su residencia.
  15. Que su médico le entregue un informe de la atención recibida durante su hospitalización.

Asimismo, la Agente Regional afirmó que todos los pacientes del Sistema Público y Privado, también tienen Deberes que cumplir al momento de su atención, como por ejemplo: Respetar el reglamento interno del establecimiento; Informarse acerca del funcionamiento del lugar y sobre los procedimientos de consulta y reclamo establecidos; Cuidar las instalaciones y equipamiento; Tratar respetuosamente a los integrantes del equipo de salud y brindar la información requerida para el tratamiento.

Por último, la autoridad regional indicó que, cuando una persona ve vulnerados sus derechos debe reclamar en primera instancia ante el consultorio, hospital, clínica o centro médico privado en el cual fue atendido; y en el evento que no reciba respuesta en el plazo de 15 días hábiles o ésta no le satisface, podrá recurrir a la Superintendencia de Salud. No obstante lo anterior, destacó que la Superintendencia siempre está disponible para resolver todas las dudas sobre este tema.

“Por esto, invitamos a los usuarios del sistema de salud a que se informen de sus Derechos y Deberes; en nuestra página web, www.superdesalud.gob.cl, mediante consulta por vía telefónica, al 600 836 9000 o bien, que concurran a nuestras Oficinas, ubicadas en Cordovéz 588, Oficina 310, Edificio Don Oscar, La Serena”, finalizó la autoridad.