DGA responde a diputado Lemus por cuestionamientos en entrega de derechos de agua a Minera

11 Julio 2011

Luego que el diputado por el distrito 9 criticara la asignación de derechos de agua del rio Chalinga a la Compañía Minera Latinoamericana, la Dirección General de Aguas respondió señalando que no se verá afectado el suministro de los agricultores del Choapa

Equipo El Obser... >
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Luego que el diputado planteara sus dudas respecto a la asignación de derechos de agua a la Minera Latinoamericana ltda. En esa ocasión, Lemus señaló que “la DGA nacional otorgó un derecho consuntivo de aguas superficiales y corrientes del orden de los 450 litros por segundo, de ejercicio eventual y continuo, en circunstancias que el Río Chalinga no supera un 30 por ciento de su capacidad, pero lo más grave radica en que la solicitud de la empresa minera fue negada por la DGA regional en septiembre del 2009, y luego cuando se han sucedido años de grave sequía, se la otorgan el año pasado, por lo tanto se trata a mi juicio de una situación que a lo menos merece una gran explicación y yo voy a pedir investigar al respecto en la comisión investigadora de extracción ilegal de aguas”.

Estos cuestionamientos llegaron hasta la institución aludida, la Dirección General de Aguas, quien emitió un comunicado señalando lo siguiente: "Con fecha 09 de Septiembre de 2008, la compañía minera Latinoamericana Limitada presentó un recurso de reconsideración contra la resolución DGA Coquimbo n°902 del 11 de agosto del mismo año, en la cual se le denegaba la solicitud de derechos de aprovechamiento de agua en el río Chalinga, por carencia de disponibilidad a nivel de fuente de abastecimiento.

Posteriormente, con fecha 30 de septiembre de 2010 y tras la realización de nuevos análisis de disponibilidad, dando cumplimiento a la normativa vigente y a lo dispuesto en el Manual de Administración de Recursos Hídricos de 2008, la Dirección General de Aguas acogió el recurso de reconsideración.

Ello, luego que el informe elaborado por el Servicio estableciera la disponibilidad de recursos en el río Chalinga para constituir derecho de uso consuntivo, de ejercicio eventual y continuo, con una probabilidad de excedencia del orden del 5%. En concreto, esto quiere decir que este derecho facultaría a su titular a extraer el agua sólo cuando escurra en el río un caudal superior a 2005 l/s, lo que podría ocurrir en promedio una vez cada 20 años.

Asimismo, es fundamental tener presente que los derechos eventuales, como es el caso, solo pueden ser ejercidos después de abastecidos todos los derechos permanentes de los usuarios del mismo río y de los derechos eventuales constituidos con anterioridad,, impidiendo con ello puedan ser afectados en sus derechos.
Al igual que en todo proceso de asignación de derechos de aguas, la Dirección General de Aguas, realizó un acabado estudio técnico sobre las condiciones hídricas de la zona y todos los aspectos relevantes que pueda involucrar el otorgamiento de derechos.

Finalmente, cabe destacar que el 29 de octubre de 2010, la junta de vigilancia del río Choapa presentó un recurso de reconsideración en contra de la resolución del Director General de Aguas del 30 de septiembre de 2010. Este recurso se encuentra actualmente en trámite y revisión ante el nivel central de la Dirección General de Aguas".