Elección directa de Consejeros Regionales ¿Por cuál Core votarías?

16 Mayo 2013

El Senado despachó el articulado del proyecto de ley que permitirá la elección directa de los Consejeros Regionales (Cores), lo que permitiría que en noviembre -junto con elegir parlamentarios y Presidente-, también votemos por Cores.

Mi Voz Chile >
authenticated user Editor

Y el Senado dio luz verde a la elección directa de los Consejeros Regionales (Core), aprobación que permitiría cumplir con los plazos establecidos por el Ejecutivo y que se incluya en las elecciones del 17 de noviembre, oportunidad en la que se elegirá Presidente de la República, parlamentarios y, ahora, Consejeros Regionales.

Nuevas Cirscunscripciones 

Asimismo la aprobación propone una redistribución de las circunscripciones donde la región del Libertador General Bernardo O’Higgins se dividirá en dos circunscripciones provinciales conformadas, la primera, por la comuna de Rancagua y la segunda estará constituida por las comunas de Mostazal, Graneros, Codegua, Machalí, Olivar, Doñihue, Coltauco, Las Cabras, Peumo, Coinco, Malloa, Quinta de Tilcoco, Rengo, Requínoa, Pichidegua y San Vicente.

En tanto, la provincia de Cautín de la región de La Araucanía se dividirá en las circunscripciones de Temuco y Padre Las Casas, por un lado; y por otro, estarán las comunas de: Galvarino, Lautaro, Perquenco, Vilcún, Melipeuco, Carahue, Chol-Chol, Freire, Nueva Imperial, Pitrufquén, Saavedra, Teodoro Schmidt, Cunco, Curarrehue, Gorbea, Loncoche, Pucón, Toltén y Villarrica.

Mientras que en seis quedará la provincia de Santiago de la Región Metropolitana. La primera constituida por las comunas de Pudahuel, Quilicura, Conchalí, Huechuraba y Renca; la segunda conformada por las comunas de Independencia, Recoleta, Santiago, Quinta Normal, Cerro Navia y Lo Prado; la tercera constituida por las comunas de Maipú, Cerrillos y Estación Central; la cuarta constituida por Ñuñoa, Providencia, Las Condes, Vitacura, Lo Barnechea y La Reina; la quinta compuesta por las comunas de Peñalolén, La Granja, Macul, San Joaquín y La Florida; y la sexta circunscripción formada por las comunas de El Bosque, La Cisterna, San Ramón, Lo Espejo, Pedro Aguirre Cerda, San Miguel y La Pintana. 

¿Por qué Core votarías?

Mientras los sectores políticos preparan sus mejores cartas para las elecciones de Consejeros Regionales, más de alguno de los actuales Cores se someterá la escrutinio popular. En este escenario¿por quién votaría usted? Acá se los recordamos:

Provincia de Elqui

Eduardo Antonio Alcayaga Cortes

Federico Arcos Artal

Miguel Bauzá Fredes

Raul Arnoldo Godoy Barraza

Sergio Javier Llanos Huerta
José Montoya Ángel
Pablo Francisco Muñoz Pinto
René Álex Olivarez Cortés
Reinaldo Villalobos Pellegrini

 

Provincia de Limarí

Teodoro Armando Aguirre Álvarez

Washington Dante Altamirano Tapia

Fernando Joo Silva

Alfredo Humberto Villagrán Tapia

Provincia de Choapa

 

Miguel Rebolledo

 

Agapito Eduardo Santander Marín

Nathan Job Trigo González

Fuente listado: http://www.corecoquimbo.cl/

Comentarios

Imagen de any

La Ley Nº 20.285 sobre

La Ley Nº 20.285 sobre transparencia y acceso a la información pública establece los siguientes principios:
• La transparencia de la función pública
• El derecho de acceso a la información de los órganos de la Administración del Estado.

ÚLTIMAS AUDITORIAS.

La Contraloría General de la República está empeñada en transparentar sus procesos. Por ello se encuentra disponible, para conocimiento y uso del público en general, las últimas auditorías realizadas por la Contraloría General.

Para una búsqueda avanzada, utilice el Buscador de Informes de Auditoría

Nivel RegionalRegión--

-–

Todos los informes de la región

Imagen de any

Descripción General Para ser

Descripción General Para ser elegido Consejero Regional, se requerirá ser ciudadano con derecho a sufragio, mayor de edad, SABER LEER Y ESCRIBIR , SABER LEER Y ESCRIBIR ......??????????? y tener residencia en la región durante un plazo no inferior a dos años, contado hacia atrás desde el día de la elección.

Descripción General Funciones del Consejo : Corresponderá al Consejo Regional: Aprobar el reglamento que regule su funcionamiento, en el que se podrá contemplar la existencia de diversas comisiones de trabajo; Aprobar los reglamentos regionales;

Aprobar los planes reguladores comunales, previamente acordados por la Municipalidades en conformidad con la Ley General de Urbanismo y Construcciones, sobre la base del informe técnico que deberá emitir la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y urbanismo, según lo dispone el artículo 20, letra f), precedente. Si el referido informe de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo fuere desfavorable, el acuerdo del consejo deberá ser fundado. Asimismo, aprobar los planes reguladores intercomunales que le proponga la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y urbanismo y que ésta hubiere elaborado de acuerdo con la Ley General de Urbanismo y Construcciones;

Aprobar, modificar o sustituir el plan de desarrollo de la región y el proyecto de presupuesto regional, así como sus respectivas modificaciones, sobre la base de la proposición del intendente; Resolver, sobre la base de la proposición del intendente, la distribución de los recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Regional que correspondan a la región, de los recursos de los programas de inversión sectorial de asignación regional y de los recursos propios que el Gobierno Regional obtenga en la aplicación de lo dispuesto en el N° 20° del artículo 19 de la Constitución Política de la República; Aprobar, sobre la base de la proposición del intendente, los convenios de programación que el gobierno regional celebre;

Fiscalizar el desempeño del intendente regional en su calidad de presidente del consejo y de órgano ejecutivo del mismo, como también el de las unidades que de él dependan, pudiendo requerir del intendente la información necesaria al efecto; Dar su acuerdo al intendente para enajenar o gravar bienes raíces que formen parte del patrimonio del gobierno regional y respecto de los demás actos de administración en que lo exijan las disposiciones legales, incluido el otorgamiento de concesiones;

Emitir opinión respecto de las proposiciones de modificación a la división política y administrativa de la región que formule el gobierno nacional, y otras que le sean solicitadas por los Poderes del Estado, y Ejercer las demás atribuciones necesarias para el ejercicio de las funciones que la ley le encomiende. Funcionamiento del Consejo Regional El consejo regional funcionará en sesiones ordinarias y extraordinarias.

Las sesiones ordinarias se efectuarán, a lo menos, una vez al mes, y en ellas podrá abordarse cualquier asunto de la competencia del consejo. En las sesiones extraordinarias sólo podrán tratarse las cuestiones incluidas en la convocatoria. Las sesiones ordinarias y extraordinarias serán públicas. Su convocatoria se efectuará conforme lo determine el reglamento, el que también establecerá los casos y oportunidades en que el consejo se constituya en sesión secreta.

Imagen de any

  :iNFORME INVESTIGACIÓN

 

:iNFORME INVESTIGACIÓN ESPECIAL N° 2-2012 --18-06-2012

SOBRE AUDITORIA PRACTICADA A LOS GASTOS INCURRIDOS POR LOS CONSEJEROS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE COQUIMBO, DURANTE EL AÑO 2010.

http://www.ciberactivismo.cl/2...

http://www.contraloria.cl/NewP..
ULTIMAS AUDITORIAS..

http://www.ciberactivismo.cl/2...

 http://www.contraloria.cl/appi...

Imagen de Carlos Milla I

Alfredo Villagran todo el

Alfredo Villagran todo el rato, un core de Terreno y muy conocido en mi provincia.-