Las razones de porqué se descartó legítima defensa en homicidio de gendarme

15 Enero 2020

Sujeto lo acuchilló en la zona torácica, ataque que fracturó su costilla y perforó el pulmón y corazón, causándole la muerte. 

Equipo El Obser... >
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10 años de presidio recibió Alfredo Andrés Castillo Tapia de 33 años por el homicidio del gendarme Carlos Andrés Baldovino Bello de 28 años, hecho ocurrido en un inmueble de la población Manuel Rodríguez de Illapel el 15 de junio del 2019.

El Tribunal Oral descartó hace algunas horas una legítima defensa. Desde Fiscalía indicaron que la víctima concurrió donde funciona un minimarket a pedir que abrieran la puerta y le vendieran alcohol, situación que a la que el propietario se negó.

Añaden que el funcionario se mantuvo en el lugar y comenzó a vociferar garabatos para exigir la atención, situación que implicó que el imputado abriera la reja perimetral para echarlo del lugar.

El fiscal de Illapel, Andrés Villalobos, relató que “ante la superioridad física del gendarme, quien no se retiraba del lugar y que logró posicionarse en el umbral del ingreso al domicilio, específicamente en la reja, el imputado decidió concurrir al interior de domicilio a buscar un cuchillo de gran tamaño y procedió a asestarle un golpe certero en la zona torácica, que fracturó costilla, y perforó pulmón y corazón, causándole la muerte”.

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El fiscal agregó que el imputado llamó a Carabineros y que si bien se barajó hipótesis de legítima defensa, “lo cierto es que la víctima estaba desarmada, no golpeó ni agredió al dueño de casa, para causarle lesiones. Sí se encontraba en carácter alterado y vociferaba, pero no causó lesión alguna al dueño de casa. El dueño, pudiendo haberse retirado a su domicilio, cerrando una puerta, decidió ir a buscar un cuchillo de 30 centímetros de hoja y asestarle el golpe, quien se mantenía frontis de domicilio”, dijo Villalobos.

El Tribunal Oral, luego de analizar las declaraciones de testigos, las del propio acusado, la reconstitución de escena, fotos y autopsia, más el arma, logró formarse convicción que el hecho era homicidio y que no había legítima defensa.

“Se habló de ingreso no autorizado mediante escalamiento, lo que no hubo, o ingreso para robar, lo que se descartó”, finalizó Villalobos.