¿Para qué sirve mi Municipalidad? Radiografía a la figura de nuestro Alcalde

20 Septiembre 2016

¿Sabes cuáles son las funciones de un alcalde? ¿Qué decisiones puede tomar y cuánto cobra? Antes de ir a votar a las elecciones municipales de Octubre, infórmate acá de los datos más relevante. 

Equipo El Obser... >
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A poco más de un mes para que se celebren las elecciones municipales muchas son las dudas que surgen respecto a la gestión de la Municipalidad y las tareas de nuestros representantes. Para poder elegir a la persona que va a encabezar la gestión de la comuna, es interesante conocer cuáles son sus tareas y como se puede fiscalizar su gestión.

En este especial llamado "Educación Civica Municipal como incentivo a la participación a las elecciones Municipales 2016" financiado por el Fondo de Fomento de Medios de Comunicación Social te mostramos todo lo que debes saber antes de ir a votar. 

¿Quién puede ser alcalde?

Según la Ley Órganica 18.695, El alcalde será elegido por sufragio universal y para poder presentarse como candidato deberá haber cursado enseñanza media o su equivalente, tener residencia en la región en la que se presenta y que no se hallen condenadas por crimen o simple delito que merezca pena aflictiva.

Tampoco se podrán presentar las personas que ostenten algún cargo político como  ministros de Estado, los subsecretarios, los secretarios regionales ministeriales, los intendentes, los gobernadores, los consejeros regionales, los parlamentarios. O funcionarios del Poder Judicial

El cargo de alcalde será incompatible con el ejercicio de cualquier otro empleo o función pública retribuido con fondos estatales, con excepción de los empleos o funciones docentes de educación básica, media o superior, hasta el límite de doce horas semanales. Además también será causal de inhabilidad  el hecho que celebren contratos en favor de la municipalidad respectiva o tengan litigios pendientes con ésta,

 ¿Qué hace un alcalde?

El alcalde es la máxima autoridad de la municipalidad y le corresponde la dirección, administración y supervigilancia de su funcionamiento.

Según la Ley de Municipalidades estas son las funciones en las que el alcalde no necesita la aprobación del Concejo.

  • Representar judicial y extrajudicialmente a la municipalidad;
  • Proponer al concejo la organización interna de la municipalidad;
  • Velar por la probidad administrativa dentro del municipio.
  • Administrar los recursos financieros de la municipalidad.
  • Administrar los bienes municipales y nacionales de uso público de la comuna que correspondan.
  • Otorgar, renovar y poner término a permisos municipales;
  • Coordinar el funcionamiento de la municipalidad con los órganos de la Administración del Estado que corresponda;
  • Coordinar con los servicios públicos la acción de éstos en el territorio de la comuna;
  • Convocar y presidir, con derecho a voto, el concejo; como asimismo, convocar y presidir el Consejo comunal de organizaciones de la sociedad civil;
  • Someter a plebiscito las materias de administración local.

 

Y estas en las que sí necesita ponerse de acuerdo con los concejales.

  • el plan comunal de desarrollo.
  • el presupuesto municipal.
  • el plan regulador.
  • las políticas de la unidad de servicios de salud y educación y demás incorporados a su gestión.
  • las políticas y normas generales sobre licitaciones, adquisiciones, concesiones y permisos.

 

¿Cuánto cobra mi alcalde?

Según la Asociación de Municipalidades, la remuneración de los alcaldes está enmarcada de acuerdo al escalafón de sueldos municipales entre los grados 1 y 6. Pero no es igual para todas las comunas pero el estimado, teniendo en cuenta el sueldo base, más varias asignaciones el sueldo ronda los $4 millones de pesos.

En el caso de el alcalde de La Serena Roberto Jacob, según el portal de transparencia de la municipalidad, su sueldo es a Julio del 2016, de $8.462.520 pesos brutos. 

En Coquimbo, el alcalde Cristian Galleguillos recibe una remuneración, según transparencia de la municipalidad, $4.158.734 líquidos. 

¿Cómo fiscalizo la labor del alcalde?

Varias instancias existen para poder fiscalizar el trabajo de nuestro alcalde. De manera presencial, es importante saber que los Concejos Municipales son públicos, es decir, cualquiera puede asistir como oyente. Esto a menos que dos tercios de los concejales presentes acuerden que determinadas sesiones sean secretas.

Además las municipalidades están regidas, también por la Ley de Transparencia, siendo obligatorio para ellos, mantener a disposición permanente del público, a través de sus sitios electrónicos, los antecedentes actualizados sobre el funcionamiento de la municipalidad.

Deben ser públicos documentos como la planta del personal y sus honorarios, los contratos con empresas que presten servicios a la comuna, resultados de concursos públicos, la asignación de subsidios, información sobre presupuestos, entre otros. Además,  como ciudadano tienes el derecho de presentar un reclamo ante el Consejo por la Transparencia si tu municipalidad no te informa adecuadamente.

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