La peligrosa y precaria Ley de Salud Mental

22 Junio 2021
A propósito de la promulgación de la Ley de Salud Mental 21.331: Se presume, por lo tanto, que las Personas con Discapacidad Intelectual padecen per se una enfermedad mental, lo cual no es así, pese a su mayor predisposición.
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A propósito de la promulgación de la Ley de Salud Mental 21.331, tan esperada por tantos y muy necesaria para nuestro país: se incorpora al objeto de esta ley a las Personas con Discapacidad Intelectual (PcDI) de manera similar a las personas con discapacidad psíquica. Se presume, por lo tanto, que las PcDI padecen per se una enfermedad mental, lo cual no es así, pese a su mayor predisposición.

Asimismo, no se plantea en ningún caso, las especificaciones correspondientes para dar respuesta a las necesidades de una PcDI que padeciese una enfermedad mental. Debemos señalar que es lamentable el uso de la terminología planteada en dicha ley en su definición de PcDI y, más aún, al referirse a "conductas perturbadoras o agresivas", lo cual se aleja de una apropiada clasificación y perspectiva ética. 

En mayo de este año se publicó, por Plena Inclusión España, organismo que congrega a más de 900 organizaciones de PcDI, el libro con todos los protocolos y buenas prácticas actualizados ante el manejo de conductas preocupantes en PcDI. Esta ley está absolutamente lejos de todo aquello, poniendo en riesgo el abordaje, los derechos y la inclusión de las PcDI, sin contar con personal especializado en esta área. Más aún cuando en la labor diaria es posible evidenciar que las PcDI suelen encontrarse sobremedicadas, sin un diagnóstico claro, lo cual se constituye como una transgresión de derechos.

No podemos dejar de referirnos a la liviandad con la que se plantea en el artículo 21 el uso de la contención mecánica en personas con enfermedad mental, aquello es una dramática vulneración de derechos, erradicada en diversos países del mundo, que sólo habla de la precariedad y falta de preparación de nuestro país para dar respuesta a la salud mental de su población.

Necesitamos que definitivamente se clasifique de manera rigurosa la Discapacidad Intelectual en nuestro país, distinguiéndola de la Discapacidad Psíquica, favoreciendo así intervenciones efectivas y eficientes, en pro del bienestar y la calidad de vida de todas las personas. Para lo cual todos los profesionales nos ponemos al servicio de aquello.