Amplían información sobre pareja de secuestradores en la Región de Coquimbo

21 Noviembre 2019

A uno le incautaron 2 escopetas artesanales, cartuchos balísticos calibre 12, vainas de fogueo y una pistola de fogueo calibre 9 mm.

Equipo El Obser... >
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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle condenó a Pedro Jesús Neilson Valdivia a 18 años y 2 penas de 5 años de presidio efectivo en calidad de autor de los delitos consumados de robo con violencia e intimidación, secuestro y tenencia de arma de fuego prohibida, perpetrados en diciembre de 2018 y enero pasado en Los Vilos y Estación Central, respectivamente.

En fallo unánime (causa rol 103-2019), el tribunal –integrado por los magistrados Ana Marcela Alfaro (presidenta), Claudio Wishaupt (redactor) y Zoila Terán– aplicó, además, a Pedro Neilson las accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena por robo con violencia e intimidación.

Asimismo, recibió las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de las condenas por secuestro y tenencia de arma de fuego prohibida.

En la causa, el tribunal condenó a su pareja Génesis Javiera Rehbein Alvarado a las penas efectivas de 10 años y 3 años y un día de presidio, más accesorias legales, por robo con violencia e intimidación y secuestro, perpetrados en diciembre en Los Vilos.

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Una vez ejecutoriado el fallo, el Tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de los sentenciados para determinar sus respectivas huellas genéticas e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

El Tribunal dio por establecido, más allá de toda duda razonable, que “aproximadamente a las 2 de la madrugada del 29 de diciembre de 2018, Neilson Valdivia y Rehbein Alvarado, previamente concertados, ingresaron a rostro cubierto, premunidos de un arma de fuego y armas blancas, a un domicilio ubicado en la localidad de Pichidangui, Los Vilos, con la finalidad de sustraer especies. Una vez al interior del inmueble, intimidaron a los moradores y procedieron a amordazarlos y atarlos de manos y pies”.

El fallo añade que “reducidos los moradores, los condenados sustrajeron especies y dinero en efectivo y un automóvil, en el cual huyeron del lugar con 2 víctimas, obligando a una de ellas a conducir el vehículo por la Ruta 5 en dirección al sur. Al llegar a Santiago, las abandonaron en un sitio eriazo, ubicado en la comuna de Estación Central”.

Finalmente, el 10 de enero de 2019, personal de Carabineros ingresó, autorizados judicialmente, al domicilio de Pedro Jesús Neilson Valdivia, en Estación Central, lugar donde incautaron 2 escopetas artesanales, cartuchos balísticos calibre 12, vainas de fogueo y una pistola de fogueo calibre 9 mm.

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Los hechos informados son parte de un proceso judicial, por lo que los formalizados/imputados son inocentes hasta que un Tribunal pruebe lo contrario. "Ninguna persona será considerada culpable ni tratada como tal en tanto no fuere condenada por una sentencia firme" (Artículo 4 del Código Procesal Penal sobre la Presunción de inocencia).