Corte de Apelaciones ordena a Municipalidad a renovar patente de alcoholes

04 Noviembre 2019

La Segunda Sala estableció actuar ilegal e infundado del Concejo recurrido.

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La Corte de Apelaciones de La Serena acogió el recurso de protección interpuesto por el dueño de local comercial “Rincón Dominicano”, por la no renovación de patentes de expendio y consumo de bebidas alcohólicas, decretada por el Concejo Municipal de Coquimbo el 26 de julio pasado.

En fallo unánime (causa rol 1062-2019), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Christian Le-Cerf, Juan Carlos Espinosa y la fiscal judicial Roxana Camus– estableció actuar ilegal e infundado del Concejo recurrido.

“(…) analizados los antecedentes que, según se dice por la recurrida, son el sustento de la decisión cuestionada por esta vía, no resulta posible descubrir en ellos los supuestos fácticos que permiten sostener el Acuerdo adoptado por el Concejo Municipal y, por ende, el Decreto Alcaldicio N° 1467 de 26 de julio pasado, transformando dicho Acuerdo en ilegal por falta de fundamentación y, además, arbitrario, en la modalidad de inexistencia de los hechos que cimientan su actuar”, establece el fallo.

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La resolución agrega que “lo anterior no significa desconocer las facultades que la Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades le entrega a las respectivas autoridades comunales para renovar o no renovar las patentes de alcoholes, sino que implica reclamar de estas el cumplimiento de una obligación legal general de la cual no se le exime en la citada Ley Orgánica Constitucional".

“La conducta del ente recurrido afecta y lesiona tanto el derecho del recurrente a desarrollar una actividad económica que no es contraria a la moral, al orden público o a la seguridad nacional, respetando las normas legales que la regulen (…), como el derecho de propiedad del reclamante (…). Asimismo, se estima la afectación de la garantía de igualdad (…) al dar a este ciudadano un trato distinto sin justificación plausible que lo avale”, añade.

Por tanto, concluye que “SE ACOGE, con costas, el recurso de protección deducido por Bernardo Amable Toro Castillo en contra de la Ilustre Municipalidad de Coquimbo, representada por su Alcalde, y, en consecuencia, se ordena a la recurrida dejar sin efecto el acto administrativo que impide la renovación y, por tanto, el pago de las Patentes de Alcoholes N°400181, clase F, N°401389 y N°401390, clase C, referidas al establecimiento “Rincón Dominicano” ubicado en Juan Melgarejo N° 1332, local 2, Coquimbo, de propiedad del recurrente”.