Corte de La Serena ordena al Registro Civil borrar antecedentes penales de trabajador

05 Agosto 2016
Por mantener registro de condena por manejo en estado de ebriedad, dictada en 1993.
Equipo El Obser... >
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La Corte de Apelaciones de La Serena acogió el recurso de protección presentado por la defensa de Guillermo Fuentes Lizana, en contra de Gendarmería y el Servicio de Registro Civil e Identificación, por mantener registro de condena por manejo en estado de ebriedad, dictada en 1993.

En fallo unánime (causa rol 853-2016), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Vicente Hormazábal, Fernando Ramírez y Marta Maldonado– acogió la acción cautelar y ordenó al Servicio de Registro Civil e Identificación proceder a eliminar de forma definitiva la anotación prontuarial del recurrente.

“Que, con lo informado por Gendarmería de Chile a fojas 115 ha resultado establecido en autos que el recurrente dio cumplimiento al beneficio de la remisión condicional de la pena, que se le concedió en su oportunidad respecto de la pena corporal impuesta, habiendo finalizado el período de observación el 18 de Agosto de 1995, constando asimismo en la piezas del expediente remitidas por el Juzgado del Crimen que el sentenciado dio cumplimiento a la suspensión de licencia y al pago de la multa, por lo que a la luz de lo dispuesto en el actual artículo 38 de la Ley 18.216 se hace procedente eliminar de forma definitiva la referida anotación Prontuarial”, sostiene el fallo en alzada.

Resolución que agrega: “(…) en consecuencia, habiéndose constatado una situación de hecho que ha venido a significar un trato desigual para el recurrente, poniéndolo en una situación diversa a la de otros condenados que han dado cumplimiento satisfactorio a las sanciones que se le impusieron lo que importa una vulneración de la garantía constitucional contemplada en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, resultando por tanto procedente acoger el presente recurso a fin de adoptar las medidas necesarias para poner pronto remedio a la afectación de los derechos del actor”.