En definitiva prisión preventiva para mujer acusada de matar a ex suegro

03 Abril 2017

Fue revocada la medida cautelar de arresto domiciliario. El hecho ocurrió en la Región de Coquimbo.

Equipo El Obser... >
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La Corte de La Serena  acogió hoy –lunes 3 de abril– el recurso de apelación presentado por el Ministerio Público y decretó la prisión preventiva Daniela Alejandra Lemus Lobos, imputado como autora del delito de homicidio de Osvaldo Gallardo Castañeda, ilícito que habría perpetrado el miércoles 29 de marzo pasado, en la comuna de Illapel.

En fallo unánime (causa rol 142-2017), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Fernando Ramírez, Marta Maldonado y el fiscal judicial Miguel Montenegro–, revocó la resolución apelada, dictada el 30 de marzo recién pasado, por el Juzgado de Garantía de Illapel, por considerar que la libertad de Lemus Lobos constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.

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“Atendido el mérito de autos y lo expuesto por los intervinientes en la audiencia, estimando estos sentenciadores que concurren en la especie antecedentes para considerar que la libertad de la imputada constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a la pena asignada al ilicíto investigado, forma y circunstancia de su comisión, y teniendo presente además, el bien jurídico que aparece lesionado (…), SE REVOCA la resolución dictada en audiencia del día treinta de marzo de dos mil diecisiete, por la Juez del Juzgado de Garantía de Illapel que no dio lugar a la solicitud del Ministerio Público en orden a decretar la medida cautelar de prisión preventiva respecto de la imputada de autos y, en su lugar se resuelve, que se hace lugar a la referida medida decretando la prisión preventiva de la imputada Daniela Alejandra Lemus Lobos”, sostiene el fallo del tribunal de alzada.

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La Fiscalía presentó un recurso de apelación a dicha cautelar y la Corte de Apelaciones estimó que su libertad constituía un peligro para la seguridad de la sociedad.

Christian Rodríguez, abogado de la Unidad de Asesoría Jurídica de la Fiscalía, representó a la Fiscalía en los alegatos en la Corte e informó que “la jueza de garantía de Illapel había ordenado otras cautelares y la Corte entendió que por la naturaleza del delito, las circunstancias de su comisión y la pena probable era correcto la causal de peligro para la seguridad de la sociedad”, dijo.

Además añadió que “la jueza de garantía, a nuestro modo de ver en forma errónea, consideró que la cautelar de arresto domiciliario podía suplir la prisión preventiva por arresto domiciliario total, sin considerar la gravedad del delito y el carácter del mismo”.