Imputado de violación seguirá en prisión: Desestiman retractación de denunciante

29 Abril 2021
Corte de La Serena rechazó recurso de amparo de imputado, acusado en un primer momento de violación, lesiones y amenazas.
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Foto temática de interno en cárcel.

La Corte de Apelaciones de La Serena rechazó el recurso de amparo presentado en contra el Ministerio Público por madre que se retractó de la denuncia que formuló en contra de su pareja, J.P.A.P., quien permanece en prisión preventiva, imputado por los delitos de violación de la hija de 14 años de la recurrente, lesiones menos graves y amenazas simples en contexto de violencia intrafamiliar. 

En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Marta Maldonado, Sergio Troncoso y el abogado (i) Fernando Roco– rechazó la acción constitucional deducida, tras establecer que el amparado se mantiene privado de libertad por una decisión adoptada por el Juzgado de Garantía de Vicuña, lo que no es imputable al ente persecutor.  

INFORMACIÓN DEL FALLO 

“Así, el acto impugnado emana de una resolución dictada por un juez competente, quien ha actuado dentro de la esfera de sus atribuciones, decisión que, por lo demás, resultaba impugnable a través de los recursos procesales que la Ley franquea”, sostiene el fallo.

La resolución agrega: “Que, en consecuencia, de todo lo razonado en los motivos que anteceden es posible concluir que no existe ilegalidad en la decisión de mantener en régimen de privación de libertad al imputado sujeto a prisión preventiva”.

Para el tribunal de alzada: “En tales condiciones, faltando el supuesto básico y esencial que exige el artículo 21 de la Carta Fundamental para brindar el amparo que se reclama, el recurso debe ser necesariamente declarado sin lugar”.

“(…) a mayor abundamiento –prosigue–, teniendo presente lo dispuesto en el artículo 53 del Código Procesal Penal, y tratándose de un delito de acción penal pública, la retractación de la víctima no impide que el Ministerio Público continúe con la persecución penal para la acreditación del hecho punible”.

“Por lo demás, en lo que dice relación en la retractación, en las causas seguidas por violencia intrafamiliar es recurrente que las víctimas se desdigan de sus dichos o incluso los atenúen, en un intento de ayudar al pariente que enfrenta el juicio, lo que obedece al documentado fenómeno de círculo de la violencia doméstica, donde la víctima, en atención a distintos factores (económicos, sociales o sentimentales) perdona al ofensor, pero lamentablemente los actos de violencia no se detienen y habitualmente aumentan en intensidad y consecuencias”, añade.