La Serena: Despegar.com deberá indemnizar a consumidor

12 Diciembre 2017

Por infringir ley del consumidor en venta de paquete turístico.

Equipo El Obser... >
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La Corte de Apelaciones de La Serena condenó a la empresa Despegar.com Chile S.A. a pagar una multa de 50 UTM (unidades tributarias mensuales) y una indemnización total de $2.039.300 (dos millones treinta y nueve mil trescientos pesos) por infracción a ley del consumidor en la venta de un paquete turístico.

En fallo unánime (causa rol 73-2017), la Sala Extraordinaria del tribunal de alzada –integrada por el ministro Juan Pedro Shertzer, el fiscal judicial Jorge Colvin y el abogado (i) Claudio Fernández– revocó la resolución dictada por el Primer Juzgado de Policía Local de Coquimbo, y acogió la apelación presentada por Luz María Aguirre Baeza, en contra de la  empresa de viajes que no le informó que requería de visa para ingresar en tránsito a Estados Unidos, por lo que perdió vuelo y debió adquirir pasajes en otra aerolínea para llegar a su destino en México.

"(…) en el cumplimiento de la obligación de transportar al consumidor hasta su destino final puedan existir escalas intermedias, cualquiera que sea el lugar o país en que aquellas han de verificarse, debe ser informado de manera clara y precisa por la empresa prestadora del servicio, no siendo exigible al consumidor o cliente que asuma por su cuenta la búsqueda de información respecto de trámites y gestiones que escapan a lo querido al momento de celebrar el contrato", sostiene el fallo.

La resolución agrega que: “está plenamente acreditado (…) que la demandante no pudo tomar el vuelo en la aerolínea y en la oportunidad que había contratado previamente con la demandada, y que, a objeto de no perder el paquete contratado, debió adquirir por su propia cuenta otros pasajes en otra línea aérea; tal situación, sin lugar a dudas, y recurriendo a las reglas de la experiencia, debió causar una aflicción a la demandante, primero por el temor de perder el viaje y lo invertido en él, y luego la angustia de tener que esperar la apertura de las puertas de otra línea aérea para ver si podía adquirir nuevos pasajes para poder concretar lo ya contratado, unido ello a la falta de una respuesta satisfactoria de parte de la empresa demandada”.

Por ello, concluye: “Que SE REVOCA la sentencia dictada el once de agosto de dos mil dieciséis que rola de fs. 98 a fs. 104 de autos, en cuanto no dio lugar a la querella infraccional y a la demanda civil y en su lugar se dispone: A.- Que se hace lugar a la querella infraccional (…), en consecuencia se condena a la querellada Despegar.com Chile S.A., representada por Dirk Dusan Zandee Medovic, ya antes individualizado, a pagar la multa de 5 Unidades Tributarias Mensuales a beneficio fiscal, por haber infringido el artículo 23 inciso primero de la Ley N° 19.496, sobre Protección de los Consumidores. B. - Que se hace lugar asimismo a la demanda (…) y en consecuencia se la condena a pagar las siguientes sumas y por los conceptos que continuación se indican: a) Por daño emergente la suma de $1.639.300 (un millón seiscientos treinta y nueve mil trescientos pesos). b) Por daño moral la suma de $400.000 (cuatrocientos mil pesos)”.

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Los hechos informados son parte de un proceso judicial, por lo que los formalizados/imputados son inocentes hasta que un Tribunal pruebe lo contrario. "Ninguna persona será considerada culpable ni tratada como tal en tanto no fuere condenada por una sentencia firme" (Artículo 4 del Código Procesal Penal sobre la Presunción de inocencia).