Periodistas piden al Ministerio del Interior aclarar alcances de vigilancia a la ciudadanía

09 Septiembre 2017

Cambio en reglamento permitiría a las compañías de telecomunicaciones extender el resguardo de información 2 años.

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Por Colegio de Periodistas de Chile
www.colegiodeperiodistas.cl

“Las leyes nacionales de conservación de datos son invasivas y costosas, y atentan contra los derechos a la intimidad y la libre expresión (…) aumentando considerablemente el alcance de la vigilancia del Estado y, de este modo, el alcance de las violaciones de los derechos humanos”. (Frank La Rue, Relator Especial de Naciones Unidas para  la Promoción y Protección del Derecho a la Libertad de Opinión y de Expresión).

Durante los últimos días se ha informado que el Gobierno aprobó modificaciones al Decreto 866 de 2017 del Ministerio del Interior, relativo a la interceptación de comunicaciones y almacenamiento de datos personales. Este cambio permitiría a las compañías de telecomunicaciones extender el resguardo de información por dos años, ampliando además el carácter de ésta al incluir el perfil del titular, las llamadas que realiza, los antecedentes de las personas con quienes se comunica, los sitios que visita en internet, así como el tráfico de datos y de voz de las comunicaciones. Además, abarcaría  sistemas de mensajería como WhatsApp y la ubicación georreferenciada de los clientes.

  • El Colegio de Periodistas de Chile estima que tal modificación representa una evidente vulneración a las garantías fundamentales de las personas, por cuanto limita derechos cautelados en la Constitución, acción por lo demás incompatible con el artículo 222 del Código Procesal Penal, que establece que sólo a través de la orden de un juez de garantía se pueden interceptar datos.  Más aún, la propia Carta Fundamental establece que sólo por ley se pueden modificar materias que afecten los derechos fundamentales, por lo que compartimos con diversas organizaciones de la sociedad civil la impresión de que este nuevo reglamento es inconstitucional. 
  • Expresamos nuestra preocupación pues consideramos que el decreto mencionado fue aprobado sin la necesaria consulta y transparencia requeridas en una democracia, más aún cuando, en paralelo, se impulsa la Política Nacional de Ciberseguridad, que pretende avanzar en la implementación de tecnología de cifrado y que presenta una evidente contradicción con el Decreto 866. Nuestra preocupación es aún mayor por cuanto el Colegio de Periodistas participó en la consulta de la Política Nacional de Ciberseguridad  y allí nunca se planteó la posibilidad del cambio al reglamento. 
  • Creemos que la discusión en relación al reglamento no se realizó en los espacios de participación ciudadana correspondientes (p.ej. el Consejo de la Sociedad Civil de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en que también participa nuestra organización), lo que lamentamos pues, a pese a ser una iniciativa del Ministerio del Interior, está directamente relacionada con telecomunicaciones. Por ello, no quisiéramos creer que hay falta de seriedad en esta elemental contradicción. 
  • En lo relativo al ejercicio del periodismo, también nos preocupa el impacto de una normativa que permitiría almacenar los datos comunicacionales de cualquier ciudadano, pudiendo alcanzar a periodistas y sus fuentes, medios de comunicación, así como a organizaciones y movimientos sociales. Recordamos aquí que es un derecho fundamental del periodista la protección y reserva de sus fuentes, algo reconocido y aceptado por  todo Estado democrático. Y es nuestro deber -como Colegio de Periodistas- cautelar tal derecho. 
  • Por todo lo expuesto, el Colegio de Periodistas de Chile espera que el Ministerio del Interior aclare los alcances del reglamento, esperando que se postergue su toma en razón en Contraloría mientras no se diluciden los puntos mencionados.